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Economía

La Comunidad de Madrid cambia las reglas con las sucesiones: aumento de bonificaciones y mejoras fiscales para estos grupos

Este jueves se llevará al pleno para su aprobación

La Comunidad de Madrid cambia las reglas con las sucesiones: aumento de bonificaciones y mejoras fiscales para estos grupos
La Comunidad de Madrid cambia las reglas con las sucesiones: aumento de bonificaciones y mejoras fiscales para estos grupos
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Isabel Díaz Ayuso prometió en su programa electoral que la Comunidad de Madrid mantendría su política de rebajas fiscales en esta nueva legislatura. De momento, este jueves se llevará al pleno el aumento de la bonificación de las transmisiones entre tíos y sobrinos. Éste pasará del 25% al 50% y se aprobará dada la mayoría absoluta de los de Ayuso.

Desde el portal especializado El Economista aseguran que dentro de esta medida también hay que tener en cuenta las transmisiones que involucran a otros grupos de contribuyentes como hermanos, bisabuelos y bisnietos. Por otro lado, apuntan que se bonificará el total de las donaciones esporádicas entre particulares, siempre y cuando sean inferiores a 1.000 euros.

Estas son las bonificaciones de la Comunidad de Madrid para cada grupo de herederos

No serán las únicas bonificaciones. Actualmente, la Comunidad de Madrid tiene varios grupos en los que los grados son más estrechos. Los que tiene la bonificación al 99% son:

Grupo I: Incluye descendientes (hijos, nietos…) y adoptados menores de veintiún años.

Grupo II: Incluye descendientes (hijos, nietos…) y adoptados de veintiuno o más años cónyuge, ascendiente (padres, abuelos…) y adoptantes.

Desde la Comunidad de Madrid señalan que los herederos incluidos en cualquiera de estos grupos tendrán derecho a aplicarse una bonificación del 99 por 100 de la cuota del Impuesto sobre Sucesiones, con efectos desde el 01/01/2007. Es decir, sólo tendrán que ingresar un 1% de la cuota tributaria.

Isabel Díaz Ayuso
Isabel Díaz Ayuso

Hay otros casos a tener en cuenta. En los fallecimientos que se produzcan desde el 28 de octubre de 2022, cuando los herederos sean hermanos, se aplicará una bonificación del 25% de la cuota tributaria. Los que se produzcan desde el 28 de octubre de 2022, cuando los herederos sean tíos o sobrinos por consanguinidad, también se aplicará una bonificación del 25 % de la cuota tributaria.

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